Es procedente el llamamiento en garantía a quien recibió los honorarios que no le correspondían.

Es procedente el llamamiento en garantía a quien recibió los honorarios que no le correspondían. Descarga la providencia aquí Magistrado ponente: Fernando Iregui Camelo El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió llamamiento en garantía basado en el “pago de lo no debido” de quien recibió los honorarios que no le correspondían. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca señaló […]

Es procedente el llamamiento en garantía a quien recibió los honorarios que no le correspondían. Leer más »