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SECCIONES | SECCIÓN SEGUNDA

Magistrados

¿Cuáles son las atribuciones de la Sección Segunda?

Le corresponde el conocimiento de los procesos de nulidad y de restablecimiento del derecho de carácter laboral, de competencia del Tribunal.

PARÁGRAFO. La Sección Segunda estará dividida en seis (6) Subseciones A, B, C, D, E y F, cada una integrada por tres (3) Magistrados. Los casos de empate que resulten en las Subsecciones, serán dirimidos por la Sección Segunda en pleno.

La Sección en pleno también conocerá de los procesos que le remitan las Subsecciones, por su importancia jurídica o trascendencia social, si por estimar fundado el motivo resuelve asumir competencia.

Así mismo, de conformidad con el numeral 23 del artículo 152 de la Ley 1437 de 2011, conoce de los siguientes asuntos, así:

“23. Sin atención a la cuantía, de los de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos de carácter disciplinario que impongan sanciones de destitución e inhabilidad general, separación absoluta del cargo, o suspensión con inhabilidad especial, expedidos contra servidores públicos o particulares que cumplan funciones públicas en cualquier orden, incluso los de elección popular, cuya competencia no esté asignada al Consejo de Estado, de acuerdo con el artículo 149A.”

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