Ampara los derechos fundamentales a la seguridad social, debido proceso y dignidad, procedencia de la acción
Magistrada ponente: Amparo Oviedo Pinto
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca respecto a los derechos fundamentales a la seguridad social, debido proceso y dignidad humana, estableció que las evasivas de las Juntas de Calificación de Invalidez desconocen abiertamente la garantía de los derechos fundamentales del accionante. Se deben atender las leyes nacionales y análisis jurisprudencial, que han permitido que las personas usuarias de la administración puedan acceder a sus derechos prestacionales cuando cumplen los requisitos legales para ello. La acción de tutela es procedente como mecanismo expedito para equilibrar la relación existente entre el accionante como titular de derechos y las juntas accionadas como obligadas a su reconocimiento para la protección oportuna y eficaz de los derechos constitucionales transgredidos”.