Ascenso póstumo por actos meritorios del servicio.
Magistrado ponente: Israel Soler Pedroza
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca (TAC) ordenó ascenso póstumo a Grado de Intendente Jefe de la Policía Nacional, pagar pensión mensual y por compensación el equivalente a 4 años de los haberes correspondientes al grado póstumo conferido, PORQUE se demostró que los hechos que dieron lugar al fallecimiento del IT., ocurrieron en actos meritorios del servicio por cuanto no se trató de una simple actividad policial, sino de un operativo para desmantelar una organización delincuencial de la cual no tenía conocimiento, por lo que deben reconocerse los derechos, conforme lo establece el decreto 1091 de 1995.