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No constituye daño antijurídico el desalojo de bien sobre el que se declaró la extinción del dominio

Magistrada ponente: Ana Margoth Chamorro Benavides

El TAC determinó que no se demostró un daño antijurídico atribuible al Ministerio de Defensa, la Policía Nacional, el municipio de Cajicá, el ICBF y la Sociedad de Activos Especiales (SAE) en el desalojo de los ocupantes de los predios rurales denominados Los Abetos- Villa Liliana del municipio de Cajicá el 25 de junio de 2018. La SAE actuó conforme a la ley y con el debido proceso, incluyendo el acompañamiento de las autoridades competentes para evitar disturbios y proteger la integridad de los desalojados. La SAE, siguiendo el mandato legal de recuperar bienes administrados por el Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO), realizó el desalojo tras la extinción de dominio del bien en 2016. El TAC destacó que no hubo irregularidades, arbitrariedad ni abuso de poder en las acciones de desalojo, y que se respetaron especialmente los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Por lo tanto, se concluyó que las actuaciones de la SAE y las demás entidades involucradas no causaron un daño antijurídico a los demandantes, quienes ocupaban el predio de manera irregular.

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