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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó el recobro de mesadas pensionales pagadas en exceso.

Magistrada ponente: Alba Lucía Becerra Avella

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca estableció que no hay lugar a declarar la devolución de las mesadas pagadas en exceso porque no se configuró el enriquecimiento sin causa y ordenó a la entidad demandada cesar toda actuación de cobro adelantada en contra de la señora, quien no actuó de manera desleal o delictuosa. Era el SENA quien debía notificar la situación pensional de la demandante al pagador de la prestación a su cargo, siendo reprochable trasladar tal responsabilidad, por su actitud omisiva, a la demandante, respecto de la que no se logró desvirtuar la buena fe de la señora.

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