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PRESIDENCIA

Magistrada

PATRICIA SALAMANCA GALLO

Presidenta

Abogada egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Colombia, con especialización en derecho público, derecho administrativo y derecho probatorio. Con más de 29 años de experiencia en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, ha desarrollado toda su carrera al servicio de la Rama Judicial, destacándose por su compromiso con la independencia judicial, la ética profesional y la vocación de servicio.

Ha impulsado la modernización de la gestión judicial mediante la incorporación de herramientas tecnológicas y el diseño de estrategias organizacionales orientadas a agilizar los procesos y garantizar decisiones de alta calidad. Su liderazgo se refleja en la capacidad para fortalecer equipos de trabajo, estimular el desarrollo de talentos y encauzar el esfuerzo colectivo para el cumplimiento de los objetivos institucionales. Complementa esta experiencia con estudios en inteligencia artificial generativa, técnicas de prompting y derecho, lo que le permite integrar innovación y conocimiento avanzado en la administración de justicia.

¿Cuáles son las funciones del presidente del Tribunal Administrativo de Cundinamarca?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No. 209 de 1997, el presidente del Tribunal Administrativo de Cundinamarca tiene dentro de sus funciones:

  1. a) Servir de órgano de representación y de comunicación del tribunal con las autoridades y personas a quienes haya necesidad de dirigirse en razón de su cargo.
  2. b) Disponer el orden del día.
  3. c) Convocar, presidir y dirigir las sesiones de las salas plena y de gobierno.
  4. d) Repartir los asuntos que sean de competencia del tribunal y de su sala de gobierno.
  5. e) Posesionar a los empleados cuyo nombramiento corresponda a la sala plena.
  6. f) Evaluar a los empleados adscritos a la presidencia.
  7. g) Sortear y posesionar conjueces de acuerdo con la ley, salvo cuando corresponda al presidente de sección.
  8. h) Velar porque los empleados del tribunal desempeñen cumplidamente sus funciones y se ejecuten las decisiones de la sala plena y de otras autoridades.
  9. i) Conceder permisos para ausentarse del despacho, por causa justificada, a los magistrados del tribunal, jueces del distrito y empleados adscritos a la sala plena o a la presidencia.
  10. j) Rendir informe a la sala plena de sus actividades y de los asuntos que ésta daba conocer.
  11. k) Divulgar las decisiones judiciales que considere la corporación.
  12. l) Suministrar, oportunamente, a las salas administrativas del Consejo Superior y del respectivo consejo seccional los datos que requieran sobre situaciones presupuestales, de recursos humanos y de gestión judicial.
  13. m) Designar comisiones para rendir informes o cumplir tareas especiales que ordene la corporación.
  14. n) Poner, oportunamente, en conocimiento de los magistrados las notas oficiales que reciba y toda clase de invitaciones que se hagan a la corporación.
  15. O) Visitar mensualmente la secretaría y, dentro de su competencia, tomar las medidas convenientes para su mejor servicio.
  16. p) Las demás que señalen la ley y los acuerdos de la Sala Administrativa del Consejo Superior.

Para las gestiones de la Presidencia se dispuso el correo electrónico: prestacun@cendoj.ramajudicial.gov, al cual llegan las distintas solicitudes, memoriales, derechos de petición, entre otros, los cuales deben ser atendidos oportunamente.

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