Proceso disciplinario, monto de la sanción
Magistrada ponente: Amparo Oviedo Pinto
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca en nulidad y restablecimiento de carácter disciplinario, negó el pago de daños materiales y morales, indexados y/o actualizados a favor del demandante, al establecer que los argumentos de los fallos disciplinarios referidos a la antijuricidad de la conducta, la ilicitud sustancial, el grado de culpabilidad y la graduación de la sanción, se encontraron ajustados a la realidad procesal demostrada. La Procuraduría precisó el monto de la sanción y dispuso imponer la multa en los términos del artículo 56 de la ley 734 de la ley 2002, norma que únicamente habla de salarios mínimos legales mensuales vigentes”