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Reliquidación aportes para pensión por actividad de alto riesgo, prescripción

Magistrada ponente: Amparo Oviedo Pinto

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca al decidir sobre la reliquidación aportes para pensión por actividad de alto riesgo, ordenó a la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., pagar a la administradora de pensiones a la cual se encuentre afiliado el demandante, los 10 puntos de cotización especial señalada en el decreto 2090 de 2003 (artículo 5) que son adicionales al porcentaje que le corresponde como empleador conforme a la ley 100 de 1993, desde la fecha de vinculación, 05 de enero de 2004, y en adelante mientras desempeñe funciones con exposición a radiaciones ionizantes. Dada la naturaleza imprescriptible del derecho pensional, la prescripción regulada en los decretos 3135 de 1968 y 1848 de 1969, no opera en este caso respecto de las cotizaciones especiales que establece el artículo 5º del decreto 2090 de 2003, y que están a cargo del empleador”.

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