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May-23-2023-Contrato realidad licencia de maternidad, cesantias tribunal administrativo cundinamarca luis gilberto ortegon

Fallo del Tribunal protege a las mujeres gestantes

Magistrado ponente: Luis Gilberto Ortegón Ortegón

Con ponencia del doctor Luis Gilberto Ortegón Ortegón, profirió una sentencia, en la que consiente de la discriminación laboral que ha existido a lo largo de la historia, en torno a la mujer y su rol reproductivo, aplicó y acogió la interpretación constitucional y supraconstitucional que protege de la mejor manera los derechos de la mujer y su fuero de maternidad.

Explicó que, la licencia de maternidad para una mujer amparada por una  relación laboral es reconocida por la EPS, pero es el empleador quien debe pagarla a la empleada, y luego el empleador repite contra la EPS, de manera que la empleada sigue recibiendo del empleador el pago mensual correspondiente al 100% de su salario, mientras que en el caso de la mujer embarazada regida por un contrato de prestación de servicios, el pago de los ingresos que venía percibiendo se ven reducidos al 40% de los honorarios, así las cosas, el monto del pago de los ingresos que percibe una mujer en su licencia de maternidad en un contrato de prestación de servicios NO es del 100% sino, de un 40 % del valor de los ingresos sobre los que haya cotizado.

Expuso que este asunto merece un especial pronunciamiento, ya que, es un derecho elemental para una mujer no solo el tener a su hijo, sino tenerlo en condiciones dignas, con la tranquilidad de que sus ingresos no se vean menoscabados por su falta de actividad laboral. Resaltó que es imperioso que, desde la labor de operadores judiciales, se haga un llamado al legislador, para que dote de mayor protección a la mujer en estado de embarazo, ya que, es allí, donde está el indiscutible origen de los seres humanos y donde debe iniciar la primera protección de un Estado y sus instituciones. No debe existir diferenciación de trato y protección a mujeres con condiciones uniformes solo por tener diferentes tipos de vinculaciones, no en este escenario, en el que está de por medio el surgimiento de la vida del ser humano.

Trajo a colación entre otros, el Convenio 183 del año 2000 de la Organización Internacional del Trabajo de la que Colombia es parte, una sentencia de la Corte Constitucional T-224/21, en la que aborda entre otros, el aspecto económico de la licencia de maternidad y una sentencia del Consejo de Estado del 26 de enero de 2023, en el que se analiza la perspectiva de género.

 

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