TAC negó la pérdida de investidura del concejal de Bogotá Marco Fidel Acosta Rico.
Magistrado ponente: Luis Gilberto Ortegón Ortegón
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC-consideró que no se acreditó la causal de pérdida de investidura consistente en indebida destinación de dineros públicos. Recordó que esta Corporación ha señalado que el énfasis interpretativo de la causal se fija sobre la forma en que puede llevarse a cabo su correcta destinación, por lo que ha sostenido que la indebida utilización de dineros públicos se produce de dos formas, a saber, directa, cuando el congresista actúa como ordenador del gasto y destina indebidamente el dinero, bien sea para obtener finalidades particulares o para destinarlo a fines distintos, e indirecta, cuando la conducta del congresista propicia una destinación distinta a pesar de que el gasto fue debidamente ordenado. En este caso, no se acreditó la indebida destinación de recursos ni de manera directa ni de manera indirecta.