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Reliquidación de factores de pensión de jubilación docente es procedente cuando se han reconocido mediante sentencia judicial

Magistrado ponente: Israel Soler Pedroza

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC- accedió a la reliquidación de la pensión de jubilación de un docente para que se incluyeran, entre otros, los factores como la prima especial, prima de navidad y prima de vacaciones, toda vez que fueron reconocidos mediante sentencia judicial. Además, resolvió que se debe pagar la diferencia actualizada que resulte entre lo que venía reconociendo y lo ordenado, reajustando en adelante la pensión de jubilación, sin perjuicio de los reajustes anuales de ley, con efectos fiscales a partir del 22 de septiembre de 2018.

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