.

Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la UNP definir en 30 días las medidas de protección para dragoneante amenazado

Magistrado ponente: Ramiro Ignacio Dueñas Rugnon

La Corporación confirmó la protección de los derechos fundamentales a la vida y a la seguridad personal de un dragoneante del INPEC que denunció amenazas y varios atentados presuntamente relacionados con una organización criminal. El servidor afirmó que las intimidaciones también se extendieron a su esposa y a su hijo menor de edad.

La Sala evidenció que el INPEC ordenó el traslado del accionante desde Antioquia hacia el establecimiento penitenciario de Jamundí, en el Valle del Cauca, con el propósito de alejarlo de la zona de riesgo. Sin embargo, no se acreditó que esa decisión hubiera sido debidamente notificada al servidor, por lo que el Tribunal mantuvo el amparo respecto de su traslado por razones de seguridad.

En relación con la Unidad Nacional de Protección, el Tribunal ordenó que el Cuerpo Técnico de Análisis de Riesgo —CTAR— estudie la situación del dragoneante y determine su nivel de riesgo. Asimismo, dispuso que el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas —CERREM— analice ese estudio y recomiende las medidas de protección necesarias para garantizar su vida y seguridad personal.

La UNP deberá expedir, dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles, el acto administrativo que defina de manera definitiva la situación del accionante.

La Corporación destacó que las medidas transitorias, como la asignación de una persona de protección y un chaleco blindado, no resultan suficientes cuando está comprometido el derecho fundamental a la vida y aún no existe una decisión definitiva sobre el esquema de seguridad.

270 Visitas totales
160 Visitantes únicos
YouTube
YouTube
Set Youtube Channel ID
Instagram