Reconocimiento de contrato realidad a auxiliar de enfermería.
Magistrada ponente: Alba Lucia Becerra Avella
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC- consideró que la demandante, a pesar de ser vinculada a la Subred Sur ESE mediante contratos de prestación de servicios, realizaba funciones propias de un empleado de planta, siguiendo lineamientos y protocolos del hospital. Su labor era permanente y necesaria para el funcionamiento de la entidad. Estas circunstancias indican que no se trataba de un contratista de servicios, sino de una relación laboral disfrazada de contratista.
Más decisiones destacadas
29
Visitas totales
29
Visitantes únicos
Post Views: 34
