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Tribunal Administrativo de Cundinamarca falla contra responsables del caso Odebrecht y ordena indemnizar a la ANI

Magistrado ponente: Franklin Pérez Camargo

La Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió la demanda presentada por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) por los perjuicios derivados de la terminación anticipada del Contrato de Concesión 001 de 2010, correspondiente al proyecto Ruta del Sol II. La entidad sostuvo que el contrato fue adjudicado y posteriormente modificado mediante actos de corrupción que terminaron afectando su patrimonio.

La Corporación estableció que la terminación anticipada del contrato constituyó un daño para la ANI y que este fue consecuencia de actuaciones fraudulentas desplegadas por la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. en Liquidación, Estudios y Proyectos del Sol S.A.S. en liquidación, Odebrecht Latinvest Colombia S.A.S liquidada, Constructora Norberto Odebrecht S.A. en liquidación y Gabriel Ignacio García Morales, exgerente del extinto INCO, para obtener la adjudicación del proyecto y favorecer posteriores modificaciones contractuales. Por ello, dado que la pretensión de reparación directa se alegó por la entidad, el análisis se realizó conforme al derecho civil.

El Tribunal encontró acreditados los actos de corrupción relacionados con la adjudicación y modificación del proyecto, apoyándose, entre otros elementos, en las decisiones penales que condenaron al exfuncionario Gabriel Ignacio García Morales por delitos asociados al escándalo de Ruta del Sol II.

La Corporación declaró responsables a la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., Estudios y Proyectos del Sol S.A.S., Odebrecht Latinvest Colombia S.A.S., Constructora Norberto Odebrecht S.A. y Gabriel Ignacio García Morales, al considerar que tuvieron una participación determinante en los hechos que dieron lugar al daño. En contraste, concluyó que no existían elementos para imputar responsabilidad a CSS Constructores.

No obstante, la decisión también estableció que existió una concurrencia causal de la propia entidad estatal, al considerar que los actos del entonces director del INCO debieron ser advertidos y evitados mediante adecuados mecanismos de vigilancia y control institucional. Por esa razón, la condena fue reducida en un 50%.

En consecuencia, el Tribunal ordenó a los responsables indemnizar a la ANI con más de $3.693 millones por los perjuicios ocasionados, limitados al valor del contrato de consultoría para la estructuración del nuevo proyecto. Distribuyó la reparación de manera proporcional según el grado de participación de cada demandado en los hechos de corrupción que rodearon la concesión Ruta del Sol.

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