El Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspende concurso de méritos del ICA por excluir a ingenieros agrónomos
Magistrado ponente: Luis Manuel Lasso Lozano
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC- Sección Primera, Subsección “A”, mediante providencia del 15 de septiembre de 2025, admitió una acción popular y ordenó la suspensión provisional del concurso de méritos convocado por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) dentro del proceso Nación 6, al encontrar una inconsistencia que afectaba la participación de profesionales en ingeniería agronómica.
La decisión se fundamentó en que la exclusión de este título académico del cumplimiento de requisitos mínimos de educación generaba una amenaza grave a los derechos colectivos de moralidad administrativa, igualdad y transparencia. Según el Tribunal, esta irregularidad podía consolidar un perjuicio irremediable, al encontrarse el proceso en la etapa de valoración de antecedentes, próxima a la conformación de listas de elegibles, lo cual habría hecho difícil revertir los efectos.
El Tribunal destacó que la inconsistencia surgía de la incompatibilidad entre el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del ICA y el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES), lo que llevó al operador de la convocatoria (Universidad Libre de Colombia) a inadmitir a aspirantes con títulos en ingeniería agronómica. Esta situación, advirtió el despacho, desconocía la idoneidad de una profesión directamente vinculada con la misión del ICA y reconocida por el COPNIA.
La providencia recordó que la medida cautelar de urgencia busca proteger el interés público y evitar que se afecte injustificadamente el acceso a la carrera administrativa, en especial en un concurso que ofrecía 667 vacantes, de las cuales alrededor del 25% correspondían a cargos relacionados con la ingeniería agronómica. Asimismo, resaltó que incluso el propio ICA había advertido la necesidad de suspender el proceso por el impacto que tendría en la institucionalidad, la seguridad alimentaria y la protección del medio ambiente.
Con esta medida, el Tribunal señala que el concurso se debe adelantar bajo los principios de igualdad, transparencia y respeto al debido proceso, evitando la consolidación de una situación jurídica contraria a los derechos colectivos.
