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Se anula cobro de impuesto de vehículo a ciudadano que denunció suplantación de identidad

Magistrada ponente: Lina Ángela María Cifuentes Cruz

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC – estudió el caso de un ciudadano al que la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá le exigía declarar y pagar el impuesto de un vehículo correspondiente a los años 2015 y 2016, pese a que aseguró no ser su propietario y haber sido víctima de suplantación de identidad.

La Administración sustentó el cobro en que el ciudadano aparecía registrado como dueño del automotor en el RUNT. Sin embargo, la Corporación precisó que esa información no era suficiente cuando desde el inicio se cuestionó la titularidad del vehículo y se aportaron documentos que ponían en duda dicho registro.

Recordó que, la obligación de pagar el impuesto recae sobre quien realmente tenga la calidad de propietario o poseedor, y que esa condición debe demostrarse con la licencia de tránsito o tarjeta de propiedad, y no solo con información registrada en las bases de datos.

También advirtió que, ante la denuncia por posible fraude y las inconsistencias expuestas por el demandante, correspondía a la Administración verificar plenamente los hechos antes de imponer el tributo y sanciones.

Concluyó que no existía certeza sobre el hecho generador del tributo ni sobre el sujeto pasivo de la obligación, razón por la cual determinó que el ciudadano no estaba obligado a declarar ni pagar el impuesto correspondiente a las vigencias 2015 y 2016.

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