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TAC anula modificación en la clasificación arancelaria hecha por la DIAN

Magistrada ponente: AMPARO NAVARRO LÓPEZ

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC- sostuvo que la clasificación arancelaria realizada por la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera es un criterio determinante y obligatorio para establecer el tratamiento tributario de los bienes sujetos a los tributos administrados por la DIAN, por lo cual dicha clasificación debe basarse en elementos probatorios específicos contenidos en las declaraciones de importación, y no en aspectos extrínsecos a éstas. En el caso, los apoyos técnicos en cuestión no se referían directamente a las declaraciones de importación en disputa, sino que abarcaban elementos no incluidos en dichas declaraciones.

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