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Los dictámenes de las juntas de calificación no constituyen criterio definitivo para contabilizar término de caducidad en lesión de soldado conscripto.

Magistrado ponente: FERNANDO IREGUI CAMELO

Los resultados que arrojan los dictámenes de las juntas de calificación, por regla general, no determinan el conocimiento del daño y para el caso bajo estudio el dictamen reflejaba la magnitud de una lesión respecto de la cual el afectado ya tenía certeza previa, por lo que se confirmó la decisión de declarar la caducidad del medio de control pretendido, pues no en todos los casos se puede contar desde el acaecimiento del hecho o desde el acta de la Junta Médico Laboral.

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