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Se mantiene sanción impuesta a AVIANCA por no observar formalidades en el trámite de PQR como operador postal.

Magistrado ponente: CÉSAR GIOVANNI CHAPARRO RINCÓN

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC- estableció que al no incluirse la información necesaria sobre los recursos legales disponibles que tiene el usuario, AVIANCA vulneró el Régimen de Protección de Usuarios de Servicios Postales, ya que la aerolínea tiene deberes legales relacionados con la atención al usuario. Además, se subraya la legitimidad de la actuación de la SIC, en concordancia con lo dispuesto en la ley para velar por los derechos de los consumidores en el mercado postal. En cuanto a la proporcionalidad de la sanción, el TAC respalda la actuación de la autoridad administrativa, enfatizando que la conducta infractora estaba claramente tipificada en la normativa vigente y que se siguieron los procedimientos establecidos. También se destaca la aplicación de criterios de valoración y proporcionalidad de las sanciones, conforme a lo dispuesto en la legislación pertinente.

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