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TAC anula fallo de responsabilidad fiscal contra Gustavo Petro, María Maldonado, Alberto Merlano y Gerardo Ardila

Magistrado ponente: ÓSCAR ARMANDO DIMATÉ CÁRDENAS

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC- declaró la nulidad del fallo de responsabilidad fiscal proferido por la Contraloría de Bogotá, que había sancionado solidariamente a los demandantes por un valor de $75.483.476.342, y además, al señor Gustavo Petro por $22.170.697.778.

El TAC fundamentó su decisión en que:

a) La Contraloría presumió de manera incorrecta la culpa grave de los demandados establecida para el proceso de repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición, regulada por la Ley 678 de 2001, mientras que en el proceso administrativo de responsabilidad fiscal es de naturaleza es subjetiva y la presunción es ilegal, pues el proceso se encuentra regulado de manera especial por las leyes 610 de 2000 y 1474 de 2011;

b) La contraloría demandada no excedió sus competencias al emitir el fallo de responsabilidad fiscal sobre el Decreto 564 del 10 de diciembre de 2012, ya que no realizó un juicio de legalidad del acto administrativo. Sin embargo, sigue imperando la presunción de legalidad del decreto, el cual es válido y obligatorio hasta que una autoridad judicial lo anule o suspenda;

c) En conclusión, la Contraloría no acreditó los elementos esenciales de la responsabilidad fiscal. No se puede presumir la culpa grave, sino que debe probarse, ya que la responsabilidad fiscal es subjetiva.

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