Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó al municipio de Leticia por utilizar luminarias de alumbrado público sin pagar
Magistrado ponente: Henry Aldemar Barreto Mogollón
La Empresa de Energía del Amazonas (EEASA) demandó al Municipio de Leticia y otras entidades por el no pago de arrendamiento por el uso de las luminarias que se utilizan para la prestación del servicio de alumbrado público desde 2010.
La Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la existencia de un contrato de arrendamiento al advertir que no se acreditaron sus elementos esenciales, como la formalización por escrito y el acuerdo sobre el precio.
No obstante, determinó que se configuró un enriquecimiento sin justa causa, al comprobar que las entidades demandadas utilizaron durante años las luminarias sin pagar contraprestación alguna, lo que generó un aumento patrimonial a su favor y un detrimento económico para la Empresa de Energía.
En conclusión, se estableció que el Municipio de Leticia, la empresa operadora del servicio de alumbrado y la concesionaria de energía deben responder de manera solidaria, debido a que todas se beneficiaron del uso de la infraestructura y participaron en la prestación de dicho servicio, sin que existiera un acuerdo que autorizara su utilización gratuita.
En consecuencia, el Tribunal ordenó compensar económicamente a la empresa afectada por el uso de las luminarias desde septiembre de 2010, reconociendo que el Estado no puede beneficiarse de bienes ajenos sin asumir el correspondiente pago.
