Tribunal Administrativo de Cundinamarca protege el mérito y ordena nombramiento de concursante excluido irregularmente
Magistrado ponente: Cerveleón Padilla Linares
La Corporación confirmó la decisión que declaró la nulidad de los actos mediante los cuales la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) excluyó a un concursante que había ocupado el primer lugar en la lista de elegibles para proveer el cargo de Profesional Universitario en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
La Corporación precisó que la CNSC y el Distrito Capital – Secretaría General incurrieron en una indebida valoración de la experiencia acreditada en varios contratos suscritos con el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, la cual debía ser reconocida como experiencia profesional relacionada. Esta situación afectó el derecho del concursante a acceder, por mérito, al empleo público para el cual concursó y en el que superó satisfactoriamente todas las etapas del proceso de selección.
Determinó que ambas entidades son solidariamente responsables por el daño causado, dado que la Secretaría General solicitó la exclusión y la CNSC profirió los actos administrativos que la hicieron efectiva.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la orden de efectuar el nombramiento en período de prueba del demandante y modificó el restablecimiento económico dispuesto en primera instancia. En lugar de limitar el pago de acreencias laborales a dos años, ordenó reconocer los salarios, prestaciones y demás emolumentos dejados de percibir desde la fecha en la que debió producirse su nombramiento, hasta la posesión efectiva en el cargo, si lo acepta, o hasta la fecha del nombramiento, si no lo hace. También dispuso descontar los ingresos públicos que eventualmente hubiera recibido durante ese lapso.
