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El TAC ratifica elección del alcalde de Mosquera: No hubo doble militancia.

Magistrado ponente: Luis Manuel Lasso Lozano

La Sección Primera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió sentencia anticipada dentro de los procesos acumulados de nulidad electoral promovidos en contra del señor Nelson Hernán Parra Laguna, alcalde del municipio de Mosquera, Cundinamarca, por presunta doble militancia.

El Tribunal determinó que si bien se demostró la existencia de un acuerdo de adhesión entre el partido Nuevo Liberalismo —que avaló la candidatura del señor Parra Laguna— y el movimiento Gente en Movimiento, no se probó que dicha adhesión se hubiese desbordado, ni que se hubiera incurrido en actos concretos de apoyo político que configuraran la causal de doble militancia alegada por los demandantes.

El Tribunal concluyó que no se acreditó el elemento objetivo que excediera el marco del acuerdo político, por lo que no se configuró la causal de nulidad. 

En consecuencia, mediante sentencia anticipada, el Tribunal resolvió:

  1. Declarar la prosperidad de la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva respecto del Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  2. Negar la excepción de inepta demanda propuesta por el demandado.
  3. Negar las pretensiones de la demanda.
  4. Ordenar el archivo del expediente, una vez ejecutoriada la providencia.
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