
TAC declaró prescrita una acción de cobro en responsabilidad fiscal por más de cinco años sin ejecución.
Magistrada ponente: Lina Ángela María Cifuentes Cruz
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC- declaró prescrita una acción de cobro en responsabilidad fiscal por más de cinco años sin ejecución.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca analizó un caso en el que la Contraloría buscaba hacer efectivo el pago de una obligación derivada de un fallo de responsabilidad fiscal, años después de haber iniciado el proceso de cobro.
La Corporación explicó que estos fallos pueden ser ejecutados mediante cobro coactivo, pero que no pueden perseguirse indefinidamente en el tiempo.
En ese sentido, precisó que, ante la falta de una regla específica en la Ley 42 de 1993, resulta aplicable el Estatuto Tributario, el cual establece un plazo de cinco (5) años para ejercer y culminar la acción de cobro.
Al revisar el caso concreto, el Tribunal evidenció que transcurrieron más de cinco (5) años desde la notificación del mandamiento de pago sin que se lograra hacer efectiva la obligación, lo cual configuró la prescripción.
La decisión también aclaró que no debe confundirse esta figura con la pérdida de fuerza ejecutoria del acto, pues mientras esta limita el tiempo para iniciar el cobro, la prescripción define el plazo máximo para terminarlo.
Además, señaló que la existencia de un proceso judicial contra el acto que ordena el pago (título ejecutivo) no suspende el término de prescripción, porque la ley no permite que ese trámite judicial detenga el cobro administrativo.
Concluyó que la acción de cobro estaba prescrita y ordenó dar por terminado el proceso coactivo, así como levantar las medidas adoptadas en su contra.
