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El TAC dejó sin efectos decisión que ordenó dividir demanda presentada por varios ciudadanos

Magistrado ponente: José Élver Muñoz Barrera

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC- resolvió una acción de tutela interpuesta contra la decisión judicial que ordenó la separación de una demanda en la que se había propuesto la acumulación subjetiva de pretensiones.

La Corporación consideró que la solicitud cumplía los requisitos de procedibilidad y que el asunto trascendía una simple discrepancia interpretativa, al evidenciar una posible afectación de garantías fundamentales del debido proceso.

Concluyó que la decisión de dividir la demanda por cada uno de los accionantes y mantener únicamente uno de los procesos, sin fundamento legal expreso, alteró el trámite procesal y comprometió la garantía del juez natural.

Asimismo, advirtió una interpretación inadecuada de las normas relativas a la acumulación subjetiva de pretensiones, al desconocerse la existencia de una causa común entre los demandantes. Si bien los efectos podían ser individuales, todos los reclamos tenían origen en un mismo procedimiento administrativo y en un esquema de evaluación común, lo que hacía procedente su estudio conjunto.

En consecuencia, la Corporación determinó que la decisión cuestionada incurrió en defectos sustantivos y procedimentales que vulneraron el derecho fundamental al debido proceso. Por lo anterior, ordenó al juzgado emitir una nueva decisión en la que se pronuncie sobre la admisión de la demanda presentada por los accionantes.

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