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El TAC ordena al municipio de Villavicencio cumplir normas sobre plan de gestión de la velocidad

Magistrado ponente: Néstor Javier Calvo Chaves

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca -TAC – concluyó que la Alcaldía Municipal de Villavicencio incumplió su obligación legal de adoptar e implementar el Plan de Gestión de la Velocidad, exigido por la Ley 2251 de 2022 y la Resolución No. 20233040025895 de 22 de junio de 2023 del Ministerio de Transporte.

Explicó que dichas disposiciones establecen un mandato claro, imperativo y vigente, dirigido específicamente a municipios de categoría I que cuenten con autoridad de tránsito, como es el caso de Villavicencio, y cuyo plazo máximo de cumplimiento vencía el 6 de julio de 2025.

La corporación determinó que, si bien la administración municipal sí expidió el Plan Local de Seguridad Vial, no ocurrió lo mismo con el Plan de Gestión de la Velocidad, pese a que se acreditó la renuencia de la autoridad y la inexistencia de otro mecanismo judicial eficaz para exigir su adopción.

En consecuencia, determinó que el deber legal fue desatendido, por lo que ordenó a la Alcaldía Municipal de Villavicencio que dentro del término de tres (3) meses expida y adopte el Plan de Gestión de la Velocidad establecido en la norma.

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